20-05-2021
Golazo del Cervecero en la Justicia: logró postergar un año el pago del concurso de acreedores

Un verdadero golazo para el Cervecero. Quilmes logró aplazar el pago de su concurso de acreedores por un año. Así lo decidió este jueves el Juzgado Civil y Comercial N° 3 de Quilmes.
El club había homologado una propuesta de “acuerdo preventivo” el día 4 mayo de 2018. La misma consiste en el pago del 100 % del capital verificado, en siete cuotas iguales, anuales y consecutivas; pagaderas a partir del tercer año. Es decir, a partir del pasado 5 de mayo.
Un día antes del vencimiento de la primera cuota, el presidente del club solicitó “una prórroga de como mínimo un año”. El fundamento del pedido fue la pandemia del coronavirus. Entre los aspectos más relevantes se señaló la paralización de las actividades durante el aislamiento obligatorio, y las medidas que le sucedieron.
El club sostiene que hubo una baja del ingreso mensual por cuota social de aproximadamente el 40%, y los adicionales por cada disciplina amateur se han dejado de pagar. Además, se señala que ante el cese de la principal actividad del club como es el fútbol profesional, se han desvinculado de la institución distintos auspiciantes.
El pedido preparado por letrado del club, Bienvenido Rodríguez Basalo, explica que, si bien las actividades se han retomado con una nueva "normalidad", “lo cierto es que no se ha logrado volver a los ingresos que se producían con anterioridad a la pandemia”.
Se destaca que ninguno de los acreedores verificados y declarados admisibles realizó alguna objeción, según recoge la sentencia de este jueves. Además, la Sindicatura del concurso reconoció “que los motivos invocados por la concursada evidentemente tienen anclaje en la realidad”.
La jueza Diana Español consideró que la pandemia encajaba dentro del concepto jurídico de “caso fortuito” de acuerdo al artículo 1730 del Código Civil y Comercial. Dio por válido que el club concursado, al momento de efectuar la propuesta de acuerdo preventivo, “no pudo haber tenido en cuenta la sobreviniencia de una pandemia, tal la generada por el Covid19”.
Teniendo en cuenta esas consideraciones el Juzgado Civil y Comercial N° 3 decidió admitir el pedido efectuado por Quilmes. Ello implica, según dice textualmente la sentencia de este jueves, “prorrogar por el plazo de un año, a contarse a partir de la fecha de la presente resolución, el comienzo del cumplimiento del acuerdo concordatario, homologado el día 4 de mayo de 2018, operando el vencimiento de la primera cuota del mismo, el día 20 de mayo de 2022”.
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